La Sunafil hizo hincapié a los empleadores de MYPES para que realicen el pago de las gratificaciones de Fiestas Patrias, les dio como fecha máxima el próximo 15 de Julio de 2020.
El monto de ésta será equivalente a una remuneración sin descuentos, si el trabajador hubiera laborado el semestre completo. Para trabajadores a los que se les aprobó la suspensión perfecta de labores de manera correcta, tendrán derecho a recibir su gratificación, ya que con esta medida se busca la continuidad en el pago de las remuneraciones, el periodo de suspensión perfecta será descontado del cálculo del beneficio.
Si el trabajador tuvo una licencia cualquiera sea el caso, dichos días son considerados en el cálculo para obtener la gratificación.
En los casos de reducción de sueldos durante la emergencia Sanitaria acordados entre trabajadores y empleadores, su derecho a la gratificación se considerará en base al sueldo actual.
Los empleadores, de no hacer efectivo el pago de la misma hasta la fecha mencionada estarían cayendo en una grave infracción en materia de relaciones laborales. Las multas varían de acuerdo al número de trabajadores y el tiempo de empresa, siendo el costo más alto S/ 112,316 nuevos soles.
Además, si el empleador no efectuó el pago de las bonificaciones extraordinarias que se entregan junto con la gratificación, por la cual puede tener una multa adicional. Las empresas en el REMYPE, no están obligadas al pago de la gratificación. Los regímenes especiales, se rigen por las reglas propias.